• 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • 6
  • 7
  • 8
  • 9
  • 10
  • 11
  • 12
  • 13
  • 14
  • 15

Audiencia pública para permiso de horno crematorio

La Corporaci Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM realizará este lunes 11 de octubre de 2010 una Audiencia Pública Ambiental, con el propósito de escuchar los planteamientos de los solicitantes y comunidad interesada, respecto al trámite de permiso de emisiones atmosféricas de fuentes fijas solicitado para la actividad de cremación y preparación de cadáveres en el Parque Crematorio San José ubicado en el kilometro 1 vía Fortalecillas, vereda El Venado de Neiva.

La Audiencia que se realiza dando cumplimiento al artículo 7 del Decreto 330 del 08 de febrero de 2007; convoca a todas las personas naturales y jurídicas interesadas en participar de la Audiencia ordenada mediante Resolución No. 2531, en la cual también se recibirán opiniones, informaciones y documentos que aporte la comunidad y demás entidades públicas o privadas.

La Audiencia se realizará a partir de las 9 a.m. en el auditorio Misael Pastrana Borrero de la CAM en la ciudad de Neiva. A ella está convocada además la Procuraduría judicial ambiental y agraria para Huila y Caquetá.

Los estudios o documentos que soportan la solicitud de la licencia ambiental, están a disposición de los interesados para su consulta, en la Secretaría General y Dirección Territorial Norte de la CAM, y en la página WEB de la entidad. Durante la celebración de la Audiencia Pública, serán recibidas las informaciones y pruebas que se consideren para la toma de la decisión administrativa frente al proyecto sometido a licenciamiento.

La audiencia se realizará en razón a que el pasado 23 de agosto, el procurador agrario y ambiental para el Huila y Caquetá Diego Vivas Tafur, solicitó a la autoridad ambiental promover una audiencia pública previa a la expedición del permiso, debido a que la Procuraduría conoce el inconformismo de la comunidad aledaña; así las cosas, la CAM se aprestó a realizar y convocar dicha audiencia.

CAM requiere a empresas dedicadas a cremación
Requerimientos a empresas dedicadas a cremación de cadáveres realizará la CAM, con miras a dar cumplimiento a las normas establecidas para esta actividad según lo dispuesto en la Resolución 909 del 5 de junio de 2008 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que establece las normas y estándares de emisiones admisibles de contaminantes a la atmósfera para fuentes fijas. En su artículo 72 establece que el Ministerio adoptará a nivel nacional el protocolo (adoptado mediante Resolución 760 del 20 de abril del 2010) para control y vigilancia de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas, conteniendo los métodos de medición, procedimientos para evaluación de las mediciones y la realización de estudios de emisiones atmosféricas.

La Resolución rige para todas las instalaciones existentes y que no estaban sujetas a control en 24 meses a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución 909 de 2008, la cual fue publicada en el Diario Oficial el 15 de julio del 2008, y 18 meses para las que tenían alguna licencia o permiso de emisiones.

El artículo 100 de la Resolución 909 es claro en afirmar que las autoridades ambientales, en este caso la CAM, impondrán las sanciones y medidas preventivas de conformidad al Artículo 85 de la Ley 99 de 1993 y la Ley 1333 de 2009.

Encuesta

Nuevas características

imagen videos de ayuda

Conozca las nuevas funcionalidades a través de éstos videos de ayuda.

Encuesta

Boton encuesta satisfacción 5

BANNER WEB ISO

  •  Presidencia de la República
  •  Ministerio del Medio Ambiente
  •  Gobierno en línea
  •  Gobernación del Huila
  •  Ideam
  •  Observatorio Anticorrupción y de Inegridad Colombiana
  •  Colombia Compras
  •  Urna de Cristal
  •  Hora Legal Colombiana
  •  Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales
  •  Asocars
  •  sistema de información ambiental de colombia
  •  Sistema de Información y Gestión del Empleo Público

Atención al público

Horarios: 

Dirección General:  Jueves 8:00  - 11:00 am,  solicitud de citas con el Director lcastro@cam.gov.co
Otras dependencias: Lunes a Viernes 7:00 a 11:00 am y de 1:30 a 5:00 pm. 
Sedes en el Huila, Colombia

Sede Teruel: Centro de Atención y Valoración de fauna Silvestre: Predio San Rafael, Vereda Primavera.
Neiva: Carrera 1 No. 60-79. PBX (608) 8664454 - Garzón: Carrera 4A No. 4-46 Teléfono (608) 8332444
   La Plata: Calle 5 No. 5-44 Teléfono (608) 8370080 - Pitalito: Finca Marengo kilómetro 4 vía Pitalito - San Agustín. Teléfono (608) 8354422                      
Línea gratuita: 01 8000 960260 - Correo electrónico: camhuila@cam.gov.co - Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@cam.gov.co

Política de tratamiento de datos personales

No tiene una cuenta aún? Registrese!

Ingrese con su cuenta